El Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización establecerá el importe de la subvención
concedida aplicado o la parte del «bono digital» asociado, así como las cláusulas y condiciones entre el
Agente Digitalizador Adherido y el beneficiario en el marco de la subvención concedida, entre ellas:
a) El beneficiario cederá al Agente Digitalizador Adherido el derecho al cobro («bono digital») por el
importe asociado al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
b) El beneficiario obtendrá la aceptación de la colaboración del Agente Digitalizador Adherido en las
tareas de justificación de la ayuda, en virtud de lo establecido en esta Orden, así como la colaboración
en el resto de las actuaciones de control que se deriven de esta subvención.
c) El beneficiario y el Agente Digitalizador Adherido declararán responsablemente que se comprometen a
garantizar el cumplimiento del Principio de «no causar daño significativo».
d) El beneficiario abonará al Agente Digitalizador Adherido los costes incurridos en caso de
incumplimiento por causa del primero que motive pérdida total o parcial del derecho al cobro asociado.
e) Las indemnizaciones que deban recibir las partes en caso de incumplimiento y los mecanismos de
resolución de conflictos.
4. Para firmar dichos Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, el beneficiario deberá
previamente haber formalizado contrato con el Agente Digitalizador Adherido para la solución de
digitalización que desee adoptar, basado en la oferta accesible desde el Catálogo de Soluciones de
Digitalización del Programa.
5. El beneficiario, su representante legal o un representante voluntario y el Agente Digitalizador
Adherido deberán firmar electrónicamente la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de
Digitalización, asegurando una copia en castellano, por medio de un formulario digital disponible a
través de la sede electrónica que se determine en cada convocatoria (la cual será accesible desde la
plataforma Acelera pyme), aceptando las condiciones que se establezcan en el mismo.
6. Una vez firmada la propuesta del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, se pondrá a
disposición de la entidad colaboradora, para comprobar su conformidad con esta Orden, las
correspondientes convocatorias y la resolución de concesión, pudiendo basarse en técnicas de muestreo
para la selección de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización.
7. Los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización serán válidos y tendrán efectos una vez
realizada la comprobación de la conformidad, por la entidad colaboradora.
8. No podrá formalizarse Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización en los siguientes casos:
a) Cuando entre el Agente Digitalizador Adherido y el beneficiario exista vinculación en los supuestos
como los recogidos en el artículo 68.2.a), b), d), e), f) y g) del Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, para los casos de subcontratación de la actividad subvencionada.
b) Cuando el representante voluntario sea un Agente Digitalizador Adherido firmante o cualquier otra
empresa o entidad que forme parte del mismo grupo empresarial.
9. No se aceptarán propuestas de modificación de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de
Digitalización.
10. En el caso de la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya
adoptadas por el beneficiario, el Agente Digitalizador Adherido deberá determinar en el Acuerdo de
Prestación de Soluciones de Digitalización las mejoras funcionales concretas que se compromete a
implantar respecto de las soluciones ya adoptadas previamente por el beneficiario. Así mismo, el
beneficiario deberá indicar el proveedor que implantó dichas soluciones ya adoptadas si fuera distinto
del Agente Digitalizador Adherido seleccionado, así como la fecha de implantación, la disponibilidad de
las mismas a la hora de la firma del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización y la
justificación que motiva la necesidad de sustitución.
11. El procedimiento e instrucciones para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Soluciones
de Digitalización se detallará en cada convocatoria.